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El PP anuncia que un juez condena a Javier Corpa por convocar un pleno con menos de hora y media de antelación

El juzgado de lo contencioso-administrativo I de Madrid ha dictado sentencia contra el alcalde del PSOE de San Fernando de Henares, Javier Corpa, por convocar un pleno municipal extraordinario con menos de hora y media de antelación, tras el recurso planteado por el PP local.

“El Ayuntamiento de San Fernando de Henares convocó un pleno extraordinario con apenas una hora y media de antelación en el que, entre otros asuntos, se trató la creación de una nueva tasa municipal. Con esta actuación impidió a los concejales de toda la oposición examinar con la dedicación exigible la documentación”, explica el portavoz popular, Miguel Ángel García Capa.

Tal y como señala la sentencia que, según los populares, no ha sido recurrida por el Ayuntamiento: “La convocatoria en tan breve plazo no ha permitido a los concejales tener el tiempo mínimo necesario para conocer y analizar el orden del día, siendo además la documentación aportada en el expediente administrativa muy extensa”.

“Nos encontramos ante un caso más de abuso de poder cometido por el alcalde socialista de la localidad, que, felizmente, ha sido frenado por la Justicia. Con esta sentencia, el juez ha vuelto a dar la razón al Partido Popular de San Fernando de Henares. Supone una nueva llamada de atención a Corpa, para que trabaje por mejorar la vida de los vecinos de San Fernando de Henares y gobierne para todo el municipio, respetando los derechos de todos los grupos municipales, incluidos a los de la oposición, en lugar de actuar de manera irresponsable y partidista”, denuncia el portavoz popular.

E insiste: “Con la celebración del pleno, el alcalde socialista violó, de manera flagrante y voluntaria, la ley haciendo un uso arbitrario y abusivo de la mayoría. A pesar de que desde el grupo municipal popular se le advirtió de la ilegalidad que estaba cometiendo, ya que la aplicación del “rodillo” con un claro desprecio a la minoría suponía, como así ha sido ratificado por los tribunales, un clarísimo ejemplo de sectarismo político y violación de los derechos fundamentales de los vecinos”.


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