El Ayuntamiento de San Fernando de Henares, a través de la Concejalía de Educación, ha publicado las bases de la convocatoria de ayudas para familias usuarias de los horarios ampliados de mañana y tarde, correspondientes al curso 2025-2026.
Estas subvenciones se enmarcan dentro del Plan de Apoyo a la Escuela Pública, una iniciativa municipal destinada a facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar y a reforzar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación pública.
La convocatoria incluye también ayudas para los Campamentos Urbanos de Semana Santa, verano y Navidad, con el objetivo de ofrecer un apoyo integral a las familias durante todo el año escolar.
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases oficiales publicadas por el Consistorio. Toda la información y la documentación necesaria -incluidos los anexos de solicitud, subsanación y acreditación de las AMPAS- están disponibles en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de San Fernando de Henares, así como en el apartado de Educación de la web municipal.
El plazo de subsanación de solicitudes estará abierto del 3 al 7 de noviembre de 2025, y deberá realizarse a través del Registro General del Ayuntamiento, la Sede Electrónica municipal o la Red Sara. Para ello, será necesario acompañar el Anexo de Subsanación, indicando el número ID asignado a la solicitud, que figura junto al nombre del solicitante en el listado provisional publicado.
Con esta convocatoria, el Ayuntamiento reafirma su compromiso con las políticas educativas de apoyo a las familias, garantizando que los servicios complementarios de los centros públicos -como los horarios ampliados o las actividades extraescolares- continúen siendo accesibles y contribuyan al bienestar de la comunidad educativa de San Fernando de Henares.
Información importante: El plazo de subsanación será del 3 al 7 de noviembre de 2025. Las subsanaciones se realizarán a través del Registro General del Ayuntamiento, Sede Electrónica del Ayuntamiento o Red Sara y deberán acompañarse del ANEXO DE SUBSANACIÓN, en el que se señalará el número ID que ha sido asignado a su solicitud y que precede a su nombre en el listado
¡Síguenos en Telegram!